Plano de instalación de inflamables en CABA

No hace falta tener una estación de servicio para caer en este rubro. Un tanque de gasoil para la caldera, el de respaldo de un grupo electrógeno, un depósito de solventes en un taller o de pinturas en una fábrica: todos son instalaciones de inflamables, y todos necesitan plano registrado. Es el rubro que más veces aparece sin que nadie lo haya previsto en el proyecto.

Dónde aparece este rubro en la práctica

Los casos que más vemos son estos, y ninguno es una boca de expendio:

El tanque de gasoil de la caldera. Muy común en edificios y en industrias con instalación térmica. El plano térmico se tramita, el del combustible se olvida.

El tanque de servicio del grupo electrógeno. Vino con el equipo, lo montó el proveedor y quedó ahí. Lo desarrollamos también en planosgrupoelectrogeno.com.ar.

Depósitos de solventes, pinturas, thinner y adhesivos en talleres, imprentas, carpinterías y fábricas.

Depósitos de inflamables en depósitos y logística, donde el producto almacenado define condiciones que el resto del galpón no tiene.

En todos, el patrón se repite: la instalación existe, funciona, y el expediente nunca se hizo.

Sala de calderas con tanque de combustible, instalación de inflamables en CABA
Sala de calderas con tanque de combustible, instalación de inflamables en CABA

¿Cómo encaja en el régimen de instalaciones?

El artículo 2.1.5 del Código de Edificación —Ley 6100, con el Título 2 reescrito por la Ley 6438— regula el Permiso de Ejecución de Instalaciones, y el Reglamento Técnico RT-020100-010200-01 enumera los ocho rubros que lo componen: eléctricas, electromecánicas, elementos guiados de transporte, sala de máquinas, inflamables, sanitarias, térmicas y ventilación mecánica.

Y acá hay un dato que conviene entender bien, porque va en contra de lo que la mayoría supone: el reglamento no fija umbrales numéricos en ningún rubro. No hay un «hasta tantos litros no hace falta». Lo que define es si existe la instalación, no cuánto almacena.

Esa diferencia con el permiso de obra civil —donde los 50, 1.000 y 5.000 m² mandan— es la que más consultas nos genera.

¿Qué se presenta?

La documentación base del trámite, según el apartado 9.1 del reglamento:

  • Formularios de la plataforma TAD, con clave miBA nivel 3.

  • Plano en formato .dwf.

  • Informe de dominio, con vigencia de noventa (90) días hábiles desde su emisión.

  • Encomienda del proyectista —si está asociada a una obra civil— o del instalador.

El apartado 9.2 suma, según el caso, los consentimientos de copropietarios, la acreditación de derechos sobre el inmueble y las autorizaciones certificadas a terceros.

El organismo que registra es la Dirección General de Registro de Obras y Catastro, en Av. Martín García 384. Todo el expediente va por TAD.

El requisito que no tiene ningún otro rubro

Si el permiso implica aumento de capacidad, el reglamento pide tres cosas más, y son exclusivas de inflamables:

  • Plancheta de habilitación comercial.

  • Informe de auditoría de hermeticidad.

  • Arqueo de caja por el plazo de un año, en donde se justifique el aumento de la facturación.

Leelo de nuevo, porque no es un error: para ampliar la capacidad de almacenaje hay que demostrar con un año de caja que la actividad lo justifica. Es el único punto de todo el régimen de instalaciones donde el Gobierno de la Ciudad mira tu facturación.

Lo desarrollamos en la página de aumento de capacidad, porque cambia por completo cómo hay que planificar una ampliación.

Terminada la obra: el Conforme a Obra

El artículo 2.1.12 regula los Planos Conforme a Obra de Instalaciones: deben reflejar lo efectivamente ejecutado, y la información reviste carácter de declaración jurada.

En inflamables esto pesa. Entre el proyecto y lo instalado suelen cambiar la capacidad del tanque, su ubicación, el recorrido de las cañerías o el sistema de contención. Todo eso va al Conforme a Obra. Un plano registrado que no coincide con la instalación real no resuelve nada: sólo mueve el problema más adelante.

Si la instalación ya está y nunca se registró

Es el escenario más frecuente en este rubro, y tiene una diferencia importante respecto de otros: acá la instalación no registrada no es sólo un problema administrativo. Un depósito de inflamables mal resuelto es un riesgo concreto para el inmueble y para los linderos, y es de las primeras cosas que mira una inspección.

El artículo 2.1.15 prevé la Regularización de Instalaciones Ejecutadas Sin Permiso Previo. Encararlo por decisión propia siempre sale mejor que hacerlo con una intimación encima.

Los plazos

Son los generales de los trámites de instalaciones: 7 días corridos para responder subsanaciones administrativas y 45 días corridos para responder observaciones técnicas. Y rige el principio de que la norma de aplicación será la vigente al momento de la iniciación del trámite.

¿Cómo trabajamos?

Estudio TREO SRL es un estudio de arquitectura, ingeniería e higiene y seguridad que trabaja desde 2006 en la Ciudad de Buenos Aires, con profesionales matriculados en CPAU y CPIC.

Empezamos por el relevamiento: qué se almacena, cuánto, en qué recipientes y en qué condiciones está el local. Con eso definimos si corresponde un permiso nuevo, una regularización o un conforme a obra, y si el proyecto toca además otros rubros.

Después preparamos el plano y la documentación, caratulamos el expediente, asumimos la responsabilidad técnica y seguimos las observaciones hasta el registro.

Honorarios desde $780.000. El valor final depende del tipo de producto almacenado, de la capacidad y del estado documental del inmueble.

Nuestro Servicio Profesional

Relevamos, proyectamos y registramos tu instalación de inflamables ante el GCBA

No hay un mínimo que te salve

El reglamento de instalaciones no fija umbrales numéricos: no existe un «hasta tantos litros no hace falta». Lo que define es si la instalación existe. Un tanque de gasoil chico para una caldera está en el mismo régimen que uno grande.

Plano de la instalación de inflamables sobre el tablero de dibujo
Plano de la instalación de inflamables sobre el tablero de dibujo
El aumento de capacidad es otro trámite

Ampliar la capacidad de almacenaje suma tres requisitos que ningún otro rubro pide: plancheta de habilitación comercial, informe de auditoría de hermeticidad y arqueo de caja de un año que justifique el aumento de la facturación. Se planifica con tiempo o no sale.

Una instalación de inflamables suele arrastrar habilitación, condiciones contra incendio y, según el caso, sistema de autoprotección. Hacemos los cuatro trámites, así que el proyecto se resuelve una vez y sirve para todos, en vez de rehacerse en cada ventanilla.

Casi nunca viene sola
Profesional de Estudio TREO relevando la instalación con el titular del local
Profesional de Estudio TREO relevando la instalación con el titular del local
Documentación del plano de inflamables lista para presentar por TAD
Documentación del plano de inflamables lista para presentar por TAD
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Contacto

Escríbanos para consultas o asesoramiento técnico.

¿Dónde estamos?

Nuestras oficinas están en Thorne 423, piso 3 H, Caballito, a pocas cuadras de Primera Junta. El expediente se presenta íntegramente por TAD y el organismo que registra —la DGROC— está en Av. Martín García 384, así que para el trámite en sí no hace falta que vengas. Lo presencial es el relevamiento del local y de la instalación: qué se almacena, en qué recipientes, dónde y con qué contención. De ahí sale el plano. Atendemos en toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Dirección: Thorne 423 piso 3 H, C1406, Caballito, Ciudad Aut. de Buenos Aires

Horario: Lunes a Viernes de 9:00hs a 17:30hs

WhatsApp: 11 2281-2143

¿Quiénes Somos?

ESTUDIO TREO S.R.L., más de 20 años de experiencia en CABA (GCBA)

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